"LA HIPOTECA"

Por el Lic. Ezequiéll Arreguín Cerda.


----DEFINICION DE LA HIPOTECA: Es un derecho real que se constituye sobre bienes determinados, generalmente inmuebles, enajenable, para garantizar el cumplimiento de una obligación principal, sin desposeer al dueño de bienes gravados y que otorga a su títular los derechos de persecución de venta y preferencia en el pago para el caso de incmplimiento de la obligación.



----ANALIISIS DE LOS ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN:



A).- Es más correcto la hipoteca es un derecho real pues no se tiene por qué emplear un uevo trérmino.



---Otorgará a su títular los derechos de venta, persecución y preferencia en el pago.



B).- La hipoteca se constituye sobre bienes determinados y enajenables.



--La hipoteca se caracteriza por el principio de la especilidad, tanto por lo que se refiere a que los bienes objeto del gravamen sean, determinados, como por lo que atañe a precisar el monto de la obligación garantizada.



---La hipoteca solo puede recaer sobre bienes especialmente determinados.



---La hipoteca nunca es tacita ni general, para producir efectos contraterceros nesesita siempre de registro.



---La hipoteca sólo puede recaer sobre cosas o derechos enaienables.



---Solo puede hipotecar el que pueda henajenar y soloamente puede ser hipotecados los bienes que puedan ser enajenados.



---Como el fin de la hipoteca es el de poder exigir la venta de los bienes grabados, en el caso de incumplimiento de las obligación principal, no se podria alcanzar ese efecto si los bienes fuesen inalienables (lo que no se puede enajenar validamente y las cosas que estan fuera del comercio).



----Por la misma razón los biens deben estar en el comercio, pues existiría una imposibilidad juridica en caso contrario, la cosa obl¿jeto de un contrato debe existir en la naturaleza estar en el comercio y ser determinado y determinable.



---Ademas no basta que la cosa esté en el comercio, sino que debe ser enajenable por que existen bienes en el comercio, como son los que constituyen el patrimonio familiar, los ejidos, que no obstante son inaliniables (inembargables).



C).- Caracter accesorio de la hipoteca por constituirse para garantizar una obligación principal.



---Por virtud de este elemnto se precisa una de las caracteristicas fundamentales de la hipotea en nuestro derecho del que derivan consecuencias de importancia de importancia, en el sentido de que la hipoteca como accesoria corre la suerte de la obligación principal



---Asi mismo los términos y condiciones que afectan la obligación principal afectarian a la hipoteca.



---Tambien la hipoteca puede separse del crédito y puede spobrevivir al credito.



D).- En la hipoteca no se desposee del bien al constituyente de la misma.



---El dueño de la cosa hipotecada, sigue poseyendo ésta, así como el conjunto de bienes a los cuales se extiende por incorporación, destino o pacto expreso.



--Des esta surte e propietario puede explotar dichos biene y obtener todos los beneficios inerentes, sin perjudicar la garantia que ha constituido, multiplicandose así idialmente los valores por ese mecanismo inteligente y sutil del credito.



E). La hipoteca concede las acciones persecutorias, de venta y de preferencia en e pago



---Los bienes hipotecados quedan sujetos al gravamen impuesto aunque pasen a poder de terceros.



La hipoteca es una seguridad real, que sin desposeer actualmente al propietario de un bien hipotecado, permite al acredor apoderarse de él al vencimiento de la obligación, para venderlo, no importa en poder de quien se encuentre y mediante el precio, hacerse pagar con preferencia a otros acredores.





LA PROXIMA SEMANA SEGUIMOS CON LA HIPOTECA.



SONRIELE A LA VIDA Y SOBRE TODO A DÍOS QUE TE REGALO LA VIDA AGRADECELE Y DISFRUTALO, NO DEJES QUE PROBLEMAS TERRENALES TE AFECTEN, VIVE EL DIA A DIA CON UNA SONRISA, LOS PROBLEMAS SE RESOLVERAN CON LA AYUDA DE DÍOS Y DE TU FAMILIA.